Un ascensor es un elemento que mejora la accesibilidad de las personas con discapacidad, mayores o con movilidad reducida en un edificio

 

En la actualidad, un edificio o piso de varias plantas sin ascensor hace que no se accesible para las personas con discapacidad o movilidad reducida. Por ello, en pro de mejorar la accesibilidad, se entiende que un edificio es accesible cuando cualquier persona puede entrar, salir o moverse por dentro sin la existencia de barreras.

En este contexto cobra sentido el concepto de  accesibilidad universal, que es un elemento primordial para los derechos humanos, ya que es un elemento vital para el desarrollo de la vida digna de las personas con discapacidad.

Hablamos que un edificio de viviendas es accesible para una persona en silla de ruedas o movilidad reducida cuando la entrada es plana. Es decir, que no tiene escalones y tiene instalado algún ascensor, rampa o silla salva escalera.

Requisitos para obtener las ayudas

Para poder acceder a las ayudas para instalar un ascensor en tu vivienda, la normativa recoge una serie de requisitos que se deben de cumplir. A esto hay que sumarle que va a depender de si la ayuda es para una vivienda unifamiliar o una vivienda residencial colectiva, un piso en un edificio de viviendas.

Los requisitos comunes que debe de cumplir cualquier vivienda son los siguientes:

  • Tener y presentar el proyecto con las obras que se van a realizar
  • El edificio debería de estar construido desde antes de 1996. Eso sí, las Comunidades Autónomas podrán conceder ayudas para poner ascensor a viviendas de antes o después de ese año si lo consideraran.
  • Tener de un informe técnico anterior a la solicitud de la ayuda que acredite que es necesario poner ascensor.
  • El presupuesto no puede superar al precio medio de poner ascensor en el mercado.

¿Cuál es la cuantía de las ayudas para instalar un ascensor?

Según recoge la normativa, las subvenciones para instalar un ascensor serán de hasta 8.000 euros por vivienda. Además, la obra no podrá exceder del 40% del coste de la obra. Es decir, si el precio de la instalación es de 10.000 euros, el ejecutivo dará una subvención de 4.000 euros.

Sin embargo, esta ayuda será del 75% en los siguientes casos:

  • Si los ingresos de la unidad familiar son inferiores a 3 veces el IPREM. Esto equivale a 20.336,4€ de ingresos anuales.
  • Resida una persona con discapacidad o mayor de 65 años siempre que la actuación sea para mejorar la accesibilidad.

Las subvenciones para poner ascensor serán de 8.000€ por vivienda, en general Hay dos supuestos en los que la cuantía de estas ayudas será superior:

  • Hasta 14.000€ por vivienda si en ella reside una persona con discapacidad.
  • Hasta 17.000€ por vivienda si en ella reside una persona con discapacidad especial.

La normativa recoge que a esta subvención se le puede sumar 1.000€ por cada vivienda para edificios o viviendas unifamiliares declaradas Bienes de Interés Cultural.

Más datos sobre la instalación de un ascensor

El plazo de ejecución para poner es ascensor es de, como máximo, 24 meses desde la fecha de concesión de la ayuda. Eso sí, ese plazo se podrá extender seis meses más si la licencia municipal no estuviera concedida en los seis meses siguientes a su solicitud por causas ajenas al promotor o beneficiario.

Para poder acceder a estas ayudas para instalar un ascensor y mejorar la accesibilidad de un edificio, será necesaria la convocatoria pública de las CCAA y ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, aunque también hay algunos ayuntamientos que cuentan con ayudas de este tipo.

Los expertos señalan que en el caso de viviendas unifamiliares, el beneficiario deberá aportar la licencia de obra y el certificado de inicio de la obra correspondiente. Además, si son pisos, se debe de aportar el acuerdo de la comunidad de vecinos.

 

FUENTE: https://www.tododisca.com/ayuda-instalar-ascensor-edificio-residencial/