El Boletín Oficial del Estado (BOE) recoge la nueva normativa de accesibilidad para las personas con discapacidad

Desde el 2 de enero de 2022 ya está vigente la  nueva normativa de accesibilidad en España. Esta ley, que se registró en el Boletín Oficial del Estado (BOE) en agosto de 2021, tiene el objetivo de que las personas con discapacidad no sean discriminadas a la hora de utilizar los espacios públicos urbanizados.

 
  Apostar por la accesibilidad es esencial en para que las personas puedan tener igualdad de condiciones para todo. En busca de mejora los espacios públicos urbanizados, el Gobierno de España ha puesto en marcha la nueva normativa de accesibilidad. El objetivo de esta ley es que las personas con discapacidad no sean discriminada.

El documento técnico que se recoge en el Boletín Oficial del Estado (BOE) desarrolla las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y la utilización de los espacios públicos urbanizados. Dicha norma fue recogida el pasado mes de agosto, aunque no ha entrado en vigor hasta el 2 de enero de 2022.

Así deben ser los sectores de juegos infantiles y de ejercicio

 El artículo 8 del Documento técnico que desarrolla las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y la utilización de los espacios públicos urbanizados se recoge una serie de características que deben de cumplir los sectores de juegos infantiles y de ejercicio para ser accesibles.

En primer lugar, uno de cada cinco elementos de cada sector de juegos infantiles y de ejercicios contará con criterios de accesibilidad universal. En el caso de los juegos infantiles, este elemento, deberá ser de tipo dinámico o que genere movimiento al introducirse en su interior. Cuando haya más de un elemento que cuente con criterios de accesibilidad universal, deberán corresponder a diferente categoría.

Asimismo, se garantizará el acceso a los sectores de juegos infantiles y de ejercicios; así como a cada elemento con criterios de accesibilidad universal, desde un itinerario peatonal accesible. Además, este acceso se considerará parte del mismo, por lo que deberá cumplir sus mismos requisitos.

Por otro lado, se introducirán contrastes cromáticos y de texturas entre los elementos de juego y de ejercicio, y el entorno. Todo ello para favorecer la orientación espacial y la percepción de las personas usuarias.

Junto a los elementos de juego y de ejercicio que deban contar con criterios de accesibilidad universal, se preverán espacios libres de obstáculos donde pueda inscribirse un círculo de 1,50 m de diámetro mínimo. Dichas áreas en ningún caso coincidirán con el ámbito de paso del itinerario peatonal accesible.

¿Qué es la accesibilidad?

 Desde la Real Academia Española (RAE) definen la accesibilidad como la «calidad de ser de fácil acceso».

Los expertos definen la accesibilidad, o accesibilidad universal como el grado de pendiente que permite que cualquier objeto se pueda utilizar por todo el público. Es decir, que una persona pueda acceder a un servicio o visite un lugar, independientemente de sus capacidades técnicas, cognitivas o físicas.

FUENTE ---- TodoDisca